lunes, 18 de febrero de 2019

EL ORIGEN DE LAS NORMAS Y EL DERECHO POSITIVO MEXICANO.

1.1. Importancia del estudio del derecho.

En la antigüedad, el hombre ya tenía roces entre las opiniones distintas de los miembros de sus tribus. Cuando sucedía algún problema debido a las diferencias de opiniones, el guerrero más fuerte se imponía y regulaba la conducta de los otros miembros, haciendo uso despótico del poder.
Poco a poco fueron generándose normas morales y tradicionales conocidas como "leyes".






1.2. Concepto de Derecho. Imposibilidad de un concepto global de Derecho.

'Derecho' se deriva del latín directum = derecho, recto, justo, etc.
'Ius' viene del sánscrito ius-utendi = derecho.
Diversos autores han descrito al Derecho con diferentes palabras:

  • Ulpiano - La voluntad firme y continuada de dar a cada quien lo suyo.
  • Trinidad García - Conjunto de normas entendidas como una manifestación social humana; es un elemento de coordinación que surge naturalmente y constituye una condición de vida de la colectividad.
  • Rafael R. Villegas - Grupo de normas bilaterales, externas heterónomas y coercibles con fin de regular la conducta humana.
  • Edgar Bodenheimar - Punto medio entre la anarquía y el despotismo.
  • Jorge Carpizo - Marco formal que dependiendo de sus condiciones, va a prohibir y/o permitir determinadas conductas.
  • Jacobo Ramírez - Forma objetiva de regular la conducta humana.
Para poner a prueba lo aprendido realiza el siguiente juego: https://www.cerebriti.com/juegos-de-historia/derecho#.XGt7_1RKgdU





1.3. El Derecho como un sistema de normas.




Existen normas más poderosas que otras, esto se debe a la jerarquización en el ordenamiento jurídico de las normas y así mismo se permite identificar las relaciones entre ellas.





 



1.4. El derecho y otros ordenes rectores de la conducta humana

Para que el ser humano pueda vivir en sociedad es necesario que su conducta sea regulada, no solo por las normas jurídicas que impone el estado, también puede ser por normas religiosas o morales, que aunque no se sancionan directamente, se denotan dentro de la comunidad en el trato social.

Resultado de imagen para normas morales religiosas y de trato social

Para mayor comprensión, revise el siguiente vídeo: https://www.youtube.com/watch?v=NUQw3sqvDDY


1.5. Diferentes acepciones de la palabra derecho (objetivo, subjetivo, vigente y positivo).



Entendemos entonces que el derecho positivo ya no es vigente, sin embargo el objetivo si lo es, y el subjetivo también ya que este es ultimo es el derecho objetivo hecho valido por el individuo.



1.6. Clasificación del derecho objetivo, derecho subjetivo, derecho publico y derecho privado.


El derecho objetivo lo constituyen normas jurídicas impero - atributivas y constitutivas que en realidad es el derecho o sistema jurídico de un país.

El derecho subjetivo recae sobre la propia conducta del individuo. Comprende las llamadas facultades agendi (hacer) para ejercitarse por el titular, por sus actos o abstenciones, sin que intervengan otras personas.

El derecho positivo se divide en derecho publico y derecho privado. El derecho publico comprende todas las normas a beneficio publico y el derecho privado solo satisface a los particulares.


Analiza el vídeo que el Lic. Jose Miguel Sanchez realizo para explicar las clasificaciones del derecho: https://youtu.be/l9kbjVo88o0


Hora de un descanso. Eso ha sido todo por el momento, muchas gracias, futuro abogado.